AVISO CONDUSEF

De acuerdo a lo señalado en la Ley de seguros y de fianzas hago de su conocimiento que:

Mis servicios de asesoría para la intermediación de pólizas de seguros ó de fianzas, están cubiertos por el sistema de comisiones que tengo pactado con las instituciones de seguros y fianzas, por lo que cualquier otro servicio de asesoría adicional, generará un cargo por honorarios profesionales por consultoría adicional al servicio de intermediación con las aseguradoras y afianzadoras.


Como profesional en mi servicio de asesoría, no entrego recibos provisionales, informales o personales a cambio de primas o cantidades a nombre de las instituciones de seguros o fianzas con las que trabajo.


Por ningún motivo entregaré recibo provisional por concepto de contratación del seguro o coberturas contratadas.


Siempre le invitaré a verificar que sus datos y coberturas concuerden con mi oferta original y sea presentada en documentos oficiales de las instituciones de seguros o fianzas con las que trabajamos y avalados por la autoridad.


Únicamente los agentes mandatarios cuentan con facultades para aceptar riesgos y suscribir o modificar pólizas directamente, por lo que en mi caso estos movimientos siempre serán por medio de las instituciones de seguros y de fianzas a las que represento.